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Ordenanzas

2915: Autorización de organizar Corsos 2010 en predio del Paseo de la Libertad.

ORDENANZA Nº 2915

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe, a los once días del mes de febrero del año dos mil diez.

VISTO: El Mensaje Nº 009/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 20927, en el que se hace referencia a la solicitud de autorización de los Corsos 2010 efectuada por el Sr. Roberto Turcutto, titular del DNI Nº 10.557.585, para los días 20 y 27 de febrero próximos en el “Paseo de la Libertad” (defensa de la barranca del Campo de la Gloria); y

CONSIDERANDO: Que, culturalmente, el carnaval constituye un tipo de celebración social.
Que, al respecto, la Municipalidad de San Lorenzo recibió como único ofrecimiento la propuesta antes citada.
Que, el oferente asume los costos que impliquen la realización de los carnavales, haciéndose cargo también de las cuestiones organizativas, logísticas y de seguridad.
Que, la aprobación de lo solicitado requiere la intervención del Concejo Municipal, atento que la organización de los corsos implica una limitación a la libre circulación por el espacio público a utilizar.-

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA  CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Autorizar al Sr. Roberto Turcutto, titular del D.N.I. Nº 10.557.585, a organizar los Corsos 2010 en el predio del Paseo de la Libertad, los días 20 y 27 de febrero, y 06  de marzo de 2010 para el hipotético caso de que algunas de las fechas señaladas precedentemente se vea afectada por lluvias, previo cumplimiento de los requisitos que exija la normativa vigente.

Art. 2º.- Se solicita al Sr. Turcutto para la realización del evento adoptar las medidas de seguridad que incluye:

1.- Vallado en todo el predio y en especial sobre la baranda contra el río Paraná.
2.- Permiso y/o autorización de Prefectura Naval Argentina, control y presencia de la autoridad en el evento.
3.- Seguro de Responsabilidad Civil.
4.- Seguro de caución estimado por el Departamento Ejecutivo Municipal para cubrir posibles daños y perjuicios en el espacio público destinado al evento.
5.- Presencia de agentes policiales e inspectores municipales con costo a cargo del organizador.
6.- Presentación de la inscripción en la AFIP.

Art. 3º.- Se prohíbe el ingreso y expendio de bebidas alcohólicas en el predio durante el desarrollo del evento. Se colocará un cartel con esta advertencia al ingreso del mismo.

Art. 4º.- El organizador deberá permitir la participación de comparsas, murgas y batucadas de la ciudad de San Lorenzo.

Art. 5.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 11 de febrero de 2010.

Ramón A. Diccilli
Vicepresidente 1º
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS QUINCE (2.915).

San Lorenzo, 15 de Enero de 2010.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta del Concejo
A/C de Intendencia Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura