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Ordenanzas

2920: Prohibición de estacionamiento en primeros metros de calle J. Cervera.

ORDENANZA Nº 2920

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de marzo de dos  mil diez.

VISTO: Que la calle Julián Cervera tiene actualmente doble mano para mayor comodidad de los vecinos de la zona; y

CONSIDERANDO: Que la construcción de la rotonda (en zona de cruces de las vías con el FFCC Belgrano Cargas) ha agilizado el tránsito por esa arteria hacia parte del Barrio San Martín y está permitido el estacionamiento de la mano de los números pares, y en las cercanías  del Boulevard Sargento Cabral se produce una reducción de la calzada próximo a la rotonda. Esta reducción provoca una obstrucción en el paso para las dos manos habilitadas que tiene calle Cervera en toda su extensión y se hace peligroso en el ingreso a la misma desde la rotonda de Oeste a Este.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.- Dispónese la prohibición de estacionamiento de vehículos en mano lado Norte de calle Julián Cervera (lado de los números pares) en los primeros 40 metros lineales desde la línea de edificación del lado Este del Boulevard Sargento Cabral hacia el Este.

Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 30 de marzo de 2010.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE (2.920).

San Lorenzo, 05 de abril de 2010.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura