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Ordenanzas

2949: Aceptación de donación de hormigón elaborado para obras públicas.

ORDENANZA Nº 2949

En  la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre,  provincia de Santa Fe, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil diez.

VISTO: El Mensaje Nº 057/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 21227, en el que se hace referencia a las notas presentadas en fecha 16/06/2010 por Juan Brajkovic en representación de las firmas Tecbeton S.A. y Femaco SAC  (Expte Nº 1843) y en fecha 27/07/2010 por Loma Negra C.I.A.S.A.  (Expte. Nº 2719); y

CONSIDERANDO: Que mediante las mismas las señaladas empresas donan a la Municipalidad de San Lorenzo hormigón elaborado destinado a ser utilizado en obras públicas de la ciudad  (ciento veinte metros cúbicos las empresas Tecbetos S.A. y Femaco S.A.C. y ciento veinte metros cúbicos la empresa Loma Negra C.I.A.S.A.).
Que el material a ser entregado podría ser aplicado en obras y trabajos a determinar por la Secretaría de Obras  y Servicios Públicos, en forma armónica conforme al Plan de Obras Públicas en marcha.
Que ante ello resulta conveniente aceptar las donaciones señaladas y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal  a aplicar el material donado en la construcción de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/u pavimentación de banquinas y/u otras obras en calles de los barrios de la ciudad  en los sitios que determine la repartición correspondiente, sin  costo para los frentistas atento al origen gratuito del señalado material, el interés social y comunitario del tipo de obra  indicado y a la situación económica general.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1.-  Acéptase la donación de ciento veinte (120) metros cúbicos de hormigón elaborado efectuada por las firmas Tecbeton S.A. y Femaco S.A.C., para ser utilizados durante el año en curso a medida en que lo requiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo.

Art. 2.- Acéptase la donación de ciento veinte (120) metros cúbicos de hormigón elaborado efectuada por la firma Loma Negra C.I.A.S.A. para ser utilizados durante el año en curso a medida que lo requiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo.

Art. 3.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a construir de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/u pavimentación de banquinas  y/u otras obras en las arterias de la ciudad que éste determine, con el material donado citado en los artículos 1º y 2º de la presente, sin costo para los frentistas, informando a posteriori al Concejo Municipal la localización de la utilización del hormigón elaborado en cuestión.

Art. 4.- Impútense los gastos que demande el cumplimiento de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 5.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 17 de agosto de 2010.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE (2.949).

San Lorenzo, 23 de agosto de 2010.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura