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Ordenanzas

2956: Ratificación de convenio celebrado entre la Municipalidad y otros municipios para el ECOM

ORDENANZA Nº 2956

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los treinta y un  días del mes de agosto del año dos mil diez.

VISTO: El Mensaje Nº 062/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 21265, en el que se hace referencia al Convenio celebrado en fecha 19 de agosto de 2010 entre la Municipalidad de San Lorenzo representada por el Intendente Municipal Dr. Leonardo Raimundo, y varias municipalidades y comunas por el que se acuerda constituir el Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM); y

CONSIDERANDO: Que el artículo 9º del citado Convenio dispone que “Los Intendentes  y Presidentes Comunales firmantes se comprometen a elevar a los respectivos Concejos Municipales y Comisiones Comunales, dentro de un plazo de treinta (30) días a contar desde su firma, el presente acuerdo a los fines de su aprobación”.
Que la creación del Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM) viene a cumplimentar con un requerimiento planteado desde hace años, que finalmente así logra concretarse.

POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

Art. 1º.-  Ratifícase el Convenio celebrado en fecha 19 de agosto de 2010 entre la Municipalidad de San Lorenzo representada por el Intendente Municipal Dr. Leonardo Raimundo, y varias municipalidades y comunas por el que se acuerda constituir el Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM).

Art. 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos tendientes a posibilitar la ejecución y cumplimiento de las disposiciones, términos y condiciones del Convenio citado en el artículo 1º de la presente.

Art.  3º.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones y/o readecuaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a las disposiciones del Convenio citado en el artículo 1º de la presente.

Art.  4º.-  Impútanse los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones del Convenio citado en el artículo 1º de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 31 de agosto de 2010.

Prof. Claudia Moyano
Presidenta
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS (2.956).

San Lorenzo, 06 de Septiembre de 2010.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura