Skip to main content
Ordenanzas

3047: Aprobación de Convenio Marco y específicos de cooperación con la Orden de Frailes Menores de la Prov. Franciscana de San Miguel

ORDENANZA Nº 3047

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de septiembre del años dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº 061/11, del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 21967; y

CONSIDERANDO: Que en el Mensaje de referencia se menciona al Convenio Marco y demás Convenios Específicos de Cooperación Institucional entre la “Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana San Miguel” y el Municipio de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe.Que ambas instituciones se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en el campo de la preservación, cuidado y defensa del Patrimonio y la Historia de la ciudad de San Lorenzo.Que estas instituciones ya han desarrollado distintas actividades de cooperación mutua.Que ambas partes manifiestan su interés en estimular la colaboración interinstitucional en mutuo beneficio que afiance la vinculación operativa, cultural, educativa, académica y científica entre las mismas.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1.- Apruébase el Convenio Marco y Convenios Específicos de Cooperación Institucional entre la “Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana de San Miguel” y el “Municipio de San Lorenzo – Provincia de Santa Fe” firmado el 23 de agosto de 2011.
Art. 2º.- Apruébase el Convenio Específico Nº 1 bajo el amparo del  Convenio Marco  de Cooperación Institucional entre la “Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana de San Miguel” y el “Municipio de San Lorenzo – Provincia de Santa Fe” firmado el 23 de agosto de 2011.
Art. 3º.- Apruébase el Convenio Específico Nº 2 bajo el amparo del  Convenio Marco  de Cooperación Institucional entre la “Orden de Frailes Menores – Provincia Franciscana de San Miguel” y el “Municipio de San Lorenzo – Provincia de Santa Fe” firmado el 23 de agosto de 2011.
Art. 4.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES,  6  de septiembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL CUARENTA Y SIETE (3.047).

San Lorenzo, 13 de Septiembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura