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Ordenanzas

3067: Aprobación de modificación del convenio entre la Municipalidad y Refinor S.A.

ORDENANZA Nº 3067

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº  087/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22109 en el que se hace referencia a la Ordenanza Nº 2.172, que aprobó el Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y la firma REFINERIA DEL NORTE S.A. o REFINOR S.A. en fecha 3 de diciembre de 1998; y

CONSIDERANDO:
Que en la cláusula Primera de dicho Convenio se prevé la posibilidad de revisar la suma que dicha empresa debe pagar mensualmente.
Que atento al tiempo transcurrido y las modificaciones de las condiciones económicas del país el monto pactado evidentemente debía ser objeto de revisión.
Que conforme a lo expuesto en fecha 17 de octubre de 2011 ambas partes arribaron a un acuerdo modificatorio de la suma a pagar mensualmente por la citada empresa.
Que en base a lo analizado dicho acuerdo modificatorio es conveniente a los intereses de la Municipalidad de San Lorenzo.
Que la Municipalidad de  San Lorenzo conserva plenamente su capacidad en materia de revisión del monto acordado, facultad que podrá ejercer en lo ulterior cuando así lo considere oportuno.
Que se ha priorizado la tutela del interés general de la población, sin asumirse ningún tipo de renuncia o condicionamiento en materia tributaria salvaguardando en su totalidad las facultades de la Municipalidad de San Lorenzo.
Que la presente se sanciona cumplimentado las disposiciones de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º.- Apruébase en todos sus términos y condiciones la Modificación del Convenio celebrado entre la Municipalidad de San Lorenzo y REFINOR S.A. en fecha 3 de diciembre de 1998 y aprobado por Ordenanza Nº 2.172, suscripta por dichas partes en fecha 17 de octubre de 2011 y que se adjunta como anexo formando parte integrante de la presente.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 01 noviembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SESENTA Y SIETE (3.067).

San Lorenzo, 02 de Noviembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura