ORDENANZA Nº 3069
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, al primer día del mes de noviembre del año dos mil once.
VISTO: La Ordenanza Nº 1636/91; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario otorgarle el adecuado marco legal a la relación existente entre el Club Náutico “Ciudad de San Lorenzo” y la Municipalidad de San Lorenzo.
Que el Club Náutico “Ciudad de San Lorenzo” es una institución que alberga y contiene a numerosos vecinos de nuestra ciudad amantes de los deportes acuáticos.
Que al 31 de octubre de 2011 se termina el uso del espacio público y se hace necesario prorrogar por 30 (treinta) días el comodato.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.- Dispónese prorrogar por el término de 30 (treinta) días el comodato del Club Náutico “Ciudad de San Lorenzo”.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 01 de noviembre de 2011.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SESENTA Y NUEVE (3.069).
San Lorenzo, 02 de Noviembre de 2011.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura