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Ordenanzas

3071: Desafectación de uso público y otorgamiento en comodato de terreno al Club Remedios de Escalada.

ORDENANZA Nº 3071

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del  mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil 
once.

VISTO: El Mensaje Nº 090/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22129, en el que se hace referencia a  la ubicación de las instalaciones del Club Social y Deportivo Defensores de Remedios de Escalada  de nuestra ciudad de San Lorenzo; y

CONSIDERANDO:
Que la dilatada trayectoria de dicha Institución dentro del ámbito social y deportivo de nuestra ciudad, no se agota sólo en la práctica deportiva, sino que también ha trascendido formando en valores a numerosas generaciones de jóvenes sanlorencinos.Que la situación por la que pasan muchas de las instituciones similares en nuestra ciudad es de gran dificultad, sobre todo si se toma en cuenta 
que todo lo que se logra en las mismas, es producto del denodado esfuerzo de sus comisiones directivas y padres, que voluntariamente dispensan su tiempo en beneficio de los niños que allí concurren.
Que es un deber impostergable del Estado Municipal arbitrar todos los medios necesarios en aras de brindar a este tipo de instituciones todo el apoyo posible en busca de su desarrollo y perdurabilidad.Que en la actualidad, la entidad desarrolla un trabajo social y deportivo de relevancia, toda vez que alberga en sus instalaciones a más de 150 niños y jóvenes que se han volcado a la práctica del fútbol, convirtiéndose en verdaderos representantes de nuestra ciudad, dónde sea que vayan a competir, tal como lo viene haciendo desde hace muchísimos años.
Que si bien parte de los terrenos que dicha institución ocupa son un predio de dominio público municipal y un tramo de calle pública municipal, cabe regularizar dicha situación mediante la norma respectiva, lo cual ha sido solicitado por el representante del Club mediante nota de fecha 21/10/2011 ingresada por Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad y registrada bajo Expte. Nº 14775, ya que nadie puede negar que la labor deportiva y social de altísimo valor que allí se desarrolla lo amerita.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º: DESAFÉCTANSE del Uso Público el predio de dominio público municipal y el tramo de calle pública municipal indicados en el plano que como Anexo forma parte de la presente ordenanza durante el plazo de vigencia del comodato establecido en virtud del artículo 2° de la presente.
Art. 2º: OTÓRGANSE al Club Social y Deportivo Defensores de Remedios de Escalada de nuestra ciudad (Pers. Jdca. Resolución Nº 305/78) en comodato por un plazo de 10 años contados desde la promulgación de la presente ordenanza el predio de dominio público municipal y el tramo de calle pública municipal indicados en el plano que como Anexo forma parte de la presente.El citado Club deberá utilizar el predio de dominio público municipal y el tramo de calle pública municipal otorgados en comodato exclusivamente a los fines del desarrollo de las actividades sociales y deportivas de la institución, configurando cualquier violación de esta disposición causal automática de extinción del comodato.
Art. 3º: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 22 de noviembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SETENTA Y UNO (3071).

San Lorenzo, 29 de Noviembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura