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Ordenanzas

3076: Creación del Registro de Gestión de Inocuidad de Producto Alimentario.

ORDENANZA Nº 3076

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº 096/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22165, en el que se hace referencia a la necesidad de desarrollar un sistema ágil, dinámico y moderno para auditar los productos alimentarios que se fabriquen y comercialicen a terceros dentro del ejido de la ciudad de San Lorenzo; y

CONSIDERANDO:
Que el Código Alimentario Argentino, y Anexo de Normas del Mercosur, establece la obligatoriedad del registro de productos.
Que las Buenas Prácticas de Manufactura, Limpieza y Desinfección son herramientas necesarias de aplicación.
Que el sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control aportan los elementos necesarios para asegurar la inocuidad de los alimentos.
Que los organismos internacionales aconsejan la aplicación de los sistemas antes mencionados para mejorar las condiciones de inocuidad de los alimentos.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º.- CRÉASE el Registro de Gestión de Inocuidad de Producto Alimentario (G.I.P.A.), basado en el Sistema de Análisis de Peligro, Buenas Prácticas de Manufactura, Limpieza y Desinfección.
Art. 2º.- DETERMÍNASE que todo producto alimenticio que se elabore y comercialice a terceros dentro del ejido de la ciudad, deberá contar con la aprobación de Gestión de Inocuidad de Producto Alimentario.
Art. 3º.- ESTABLÉCESE que la implementación, reglamentación,  aprobación, otorgamiento y auditoría estarán a cargo de la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria, dependiente de la Secretaría de Salud y Preservación del Medio Ambiente.
Art. 4º.- El incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza originará la baja en el Registro sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponder.
Art.  5º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 29 de noviembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL SETENTA Y SEIS (3076).

San Lorenzo, 01 de diciembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Gerardo Damián Canseco
Secretario de Gobierno y Cultura