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Ordenanzas

3084: Eximisión del pago de derecho a espectáculos a “Carnavales de la Familia”

ORDENANZA Nº 3084

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil once.

VISTO: La nota del Club de Leones, Legajo Nº 22243; y

CONSIDERANDO:
Que desde el Concejo Municipal se otorgó la autorización para la realización de los “Pre-Carnavales de la Familia” a realizarse en el Parador Turístico y dado que se trata de un evento para beneficio de la sociedad sanlorencina, atendemos al pedido de eximición a los impuestos y gravámenes municipales para el desarrollo de este evento.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º: Exímase del pago del Derecho e Acceso a diversiones y espectáculos públicos (Art. 69 Ordenanza Impositiva vigente) autorizados oportunamente por el Decreto Nº 944 del Concejo Municipal a los organizadores y responsables de este evento.
Art. 2º: Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES 6 de diciembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL OCHENTA Y CUATRO (3084).

San Lorenzo, 12 de diciembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura