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Ordenanzas

3091: Autorización al D.E.M. a realizar prórroga del servicio de comunicación con la firma Nextel.

ORDENANZA Nº 3091

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº 110/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 22244, en el que se hace referencia a la Prórroga de Plazo formalizada en relación al contrato de servicio de comunicación con provisión de equipos, que incluye seguro para rotura o robo de setenta y dos (72) líneas telefónicas, con comunicación interflota directa e ilimitada de las mismas, suscrito en fecha 9 de marzo de 2010 con la firma Nextel Comunications Argentina S.R.L., CUIT Nº 30-67877531-9, en virtud del llamado a licitación privada Nº 006/10, y adjudicado mediante Decreto Nº 088/10; y

CONSIDERANDO:
Que el servicio contratado, el cual viene siendo prestado con eficacia, ha permitido proveer de comunicación inmediata a funcionarios y a los dispensarios municipales, jardines maternales y demás reparticiones ubicadas en distintos sectores de la ciudad.Que resulta necesario, en consecuencia, garantizar la continuidad del servicio, con idénticos números telefónicos y modalidad de prestación, lo cual podría verse resentido en el caso de un nuevo llamado a licitación, máxime considerando las características de la comunicación interflota, directa e ilimitada, de las líneas contratadas, con limitados referentes del mercado.Que atento a los antecedentes expuestos y los inconvenientes que traería aparejada la transición en el cambio de un concesionario a otro, resulta ventajoso posibilitar prorrogar el contrato actualmente vigente o -en su caso- la contratación en forma directa con la firma prestadora, en ambas circunstancias por el término total de hasta veinticuatro (24) meses, pudiendo incrementarse el valor del servicio en la medida de los aumentos tarifarios aprobados por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y/o la autoridad nacional de contralor competente.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar nueva/s prórroga/s del contrato de servicio de comunicación suscripto en fecha 9 de marzo de 2010 con la firma Nextel Comunications Argentina S.R.L, CUIT Nº 30-67877531-9, mediante el cual se conviene la provisión de 72 equipos, con interconexión telefónica y comunicación interflota ilimitada de los mismos incluyendo seguro para rotura y/o robo, o en su caso contratar en forma directa dicho servicio con la empresa mencionada mediante el contrato/s y/o prórroga/s que fuere/n necesario/s, en todos los casos por hasta un plazo total de veinticuatro (24) meses, pudiendo incrementarse en hasta (10) unidades la cantidad de equipos a contratar. Asimismo podrá incrementarse el valor del servicio en la medida de los aumentos tarifarios aprobados por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y/o la autoridad nacional de contralor competente.
Art. 2º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 20 de diciembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL NOVENTA Y UNO (3091).

San Lorenzo, 21 de diciembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura