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Ordenanzas

3098: Incorporación al art. 4º de la ordenanza Nº 1835.

ORDENANZA Nº 3098

En  la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil once.

VISTO: El Mensaje Nº 119/11 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22284, en el que se hace referencia  a el Capítulo I del Título II de la Ordenanza Impositiva vigente que regula la Tasa General de Inmuebles, y la modificación a la misma efectuada por Ordenanza Nº 3062; y

CONSIDERANDO: Que si bien la Tasa General de Inmuebles ha sido objeto de sucesivas modificaciones, resulta necesario contemplar en la determinación de su cuantía el incremento de los servicios vinculados a la misma prestados por el Municipio y que benefician a grandes empresas titulares de inmuebles radicados en su jurisdicción.Que en pos del cumplimiento del principio de igualdad recaudatoria, corresponde que el incremento del valor de los servicios prestados sea internalizado por empresas de gran magnitud que se benefician de los mismos, debiendo en consecuencia proceder al incremento del tributo exclusivamente para estos casos, en los que la manifestación de capacidad contributiva se encuentra sobradamente acreditada.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1º.- Incorpórase como último párrafo del artículo 4º de la Ordenanza Nº 1835 (texto ordenado según Ordenanza Nº 2879) Ordenanza Impositiva vigente, el siguiente:“ En caso de inmuebles en los que se desarrollen actividades productivas, cualquiera fuere la zona o sector en el que se encontrare, y cuyos titulares se encuentren incluidos en el art. 52 inciso b) de la presente Ordenanza, la tasa resultante de la aplicación de las disposiciones del presente Capítulo se incrementará en un cuarenta (40) por ciento”.
Art. 2º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y dése al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 27 de diciembre de 2011.

Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal

María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL NOVENTA Y OCHO (3.098).

San Lorenzo, 28 de Diciembre de 2011.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura

Los Anexos que se mencionen en el Boletín Oficial, se encuentran a disposición para ser consultados en la Municipalidad de San Lorenzo (Bv. Urquiza 517).