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Ordenanzas

3120: Aprobación de pliego de licitación para contratación de seguro de riesgos de trabajo.

ORDENANZA Nº 3120

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe,  a los quince días del mes de mayo del año dos mil doce.

VISTO: El Mensaje Nº  019/12 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 22495, en el que se hace referencia a la Ley 24557 y normas modificatorias por la cual debe procederse al llamado a licitación pública para la contratación del servicio de seguro de riesgos del trabajo para el personal de la Municipalidad de San Lorenzo, por el término de dos años; y
CONSIDERANDO:
Que  la normativa vigente exige la cobertura obligatoria de todo el personal municipal contra las contingencias que pudieran sufrir durante la prestación de sus servicios.
Que, en virtud de exceder la contratación del servicio solicitado el presente ejercicio presupuestario, debe ponerse a consideración del Concejo Municipal el pliego destinado a la mencionada contratación, la autorización para efectuar el correspondiente llamado y la consecuente contratación.
POR LO TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.-  Apruébase el Pliego General de Condiciones para el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio de seguro de riesgos del trabajo para el personal de la Municipalidad de San Lorenzo por dos años, en el marco de la Ley Nº 24557 y normas modificatorias, el que se agrega a esta Ordenanza como Anexo.
Art. 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el llamado a Licitación Pública correspondiente  al servicio indicado en el Visto de la presente Ordenanza y a instrumentar la contratación respectiva.
Art. 3º.- Apruébase  la prórroga del contrato de cobertura de riesgos del trabajo actualmente en curso hasta tanto se produzca la efectiva emisión de la correspondiente póliza de seguro por parte del adjudicatario del llamado a Licitación Pública aprobada por la presente.
Art. 4º.- Los gastos que origine la ejecución de la presente ordenanza serán imputados a la partida de gastos correspondiente al ejercicio presupuestario en la que se ejecute.
Art. 5º.-  Comuníquese, Publíquese  en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 15 de mayo de 2012.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL CIENTO VEINTE (3120).
San Lorenzo, 17 de MAYO de 2012.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura