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Ordenanzas

3128: Aceptación de donación de hormigón de la firma Tecbeton S.A.

ORDENANZA Nº 3128
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce.
VISTO: El Mensaje N° 029/12 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo N° 22580, en el cual se pone en conocimiento de las notas presentadas en fecha 06/02/12 por Gisela Viviana Pérez en carácter de apoderada de la firma Tecbeton S.A. Expte. N° 17435 y en fecha 16/06/12 por Osvaldo Schutz y  Gerardo Diez en representación de la firma Loma Negra C.I.A.S.A. Expte. N° 20784, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las notas citadas las empresas nombradas donan a la Municipalidad de San Lorenzo, cada una,  noventa (90) metros cúbicos de hormigón elaborado, destinados a ser utilizados en obras públicas de la ciudad.
Que el material a ser entregado podría ser aplicado en obras y trabajos a determinar por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en forma armónica conforme al Plan de Obras Públicas en marcha.
Que ante ello resulta conveniente aceptar las donaciones señaladas y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aplicar el material donado en la realización de trabajos de bacheo y/o construcción de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/u pavimentación de banquinas y/u otras obras en calles de los barrios de la ciudad en los sitios que determine la repartición correspondiente, sin costo para los frentistas atento al origen gratuito del  señalado material, el interés social y comunitario del tipo de obras indicado y a la situación económica general.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
Art. 1°.- ACÉPTASE la donación de noventa (90) metros cúbicos de hormigón  elaborado efectuada por la firma Tecbeton S.A., para ser utilizados durante el año en curso a medida en que lo requiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo.
Art. 2°.- ACÉPTASE la donación de noventa (90) metros cúbicos de hormigón  elaborado efectuada por la firma Loma Negra C.I.A.S.A., para ser utilizados durante el año en curso a medida  que lo requiera la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de San Lorenzo.
Art. 3°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar trabajos de bacheo y/o construcción de cordón cuneta y/o badenes y/o aletas en bocacalles y/o cordones y/u pavimentación de banquinas y/u otras obras en las arterias de la ciudad que éste determine, con el material donado citado en los artículos 1° y 2° de la presente, sin costo para los frentistas.
Art. 4°.- IMPÚTENSE los gastos que demande el cumplimiento de la presente a las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 5°.- Notifíquese al Concejo Municipal respecto al destino de los metros cúbicos de hormigón armado.
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 19 de junio de 2012.
Dr. Eduardo Ros
Presidente
Concejo Municipal
María Angélica Meroi
Secretaria Administrativa
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL CIENTO VEINTIOCHO (3128).
San Lorenzo, 25 de junio de 2012.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Ivan Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura