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Ordenanzas

3205: Autorización al D.E.M. a entregar papel y cartón reciclable a la firma Papelera del Plata S.A. y a recibir pagos de ésta para ser destinado a ayuda social.

ORDENANZA Nº 3205
 
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil doce.
VISTO: El Mensaje N° 94/12 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 22934 C.M., y que por Ordenanza N° 2960 el Concejo Municipal autorizó al Departamento Ejecutivo a adherir a la Ley provincial N° 13.055 sobre “Residuos sólidos urbanos (RSU) Basura Cero. Definiciones. Autoridad de aplicación. Programa de reducción de RSU”, dictándose, en consecuencia, el Decreto N° 528 de fecha 24 de septiembre de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad ha puesto en marcha, entre otras medidas destinadas a dar cumplimiento a la referida Ley, un programa de reciclado de papel y cartón denominado “Pasa la Posta”, que impulsa la necesidad de producir la separación en origen de aquellos residuos sólidos urbanos susceptibles de ser reciclados.
Que en esta primera etapa del programa, se plantea desplegar un circuito de vínculos que acerque los residuos que generan algunos a las demandas y necesidades de otros, generando así el beneficio de todos.
Que la propuesta abarca una primera etapa de recolección de papeles y cartones reciclables en origen (oficinas públicas, escuelas, instituciones  bancarias y financieras, empresas, etc.) y una segunda de retiro del material recogido y su traslado a la empresa LA PAPELERA DEL PLATA S.A. para su reciclado.
Que la empresa mencionada está en condiciones de emitir un certificado de destrucción y disposición final del material entregado,  que se transformará, exclusivamente, en pasta para papel, lo que implica una sensible disminución de residuos sólidos para ser dispuestos de la manera tradicional y un menor consumo de materia prima para la fabricación de pasta celulósica.
Que la empresa se compromete a pagar por cada kilogramo de papel aportado por las personas y entidades comprometidas en el Programa, la suma de $ 0,50.- (cincuenta centavos) a $ 0,80.- (ochenta centavos) según la calidad del papel, que será periódicamente actualizada según valores de mercado.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a entregar papeles y cartones reciclables generados en la ciudad de San Lorenzo a la firma Papelera del Plata S.A. y a recibir de ésta los pagos derivados de dicha entrega para ser destinados, exclusivamente, a cubrir necesidades que demanden ayuda social.
Art. 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar en carácter de donación, todos los importes que las empresas, escuelas, instituciones bancarias y financieras, etc. integrantes o adheridas al programa “Pasa la Posta” le hicieren del producido de la venta de papeles y cartones reciclables generados en la ciudad de San Lorenzo, para aplicarlos exclusivamente a los fines señalados en el artículo anterior.
Art. 3°.- DISPÓNESE la apertura de una cuenta especial denominada “PROGRAMA PASA LA POSTA”, en la que deberán efectuarse los depósitos de los importes expresados en los artículos anteriores.
Art. 4°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar ayudas sociales y/o subsidios a entidades benéficas y/o a instituciones de bien público, con los fondos que se depositen en la cuenta mencionada en el artículo 3° de la presente.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial  y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 18 de diciembre de 2012.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS CINCO (3.205).
San Lorenzo, 20 de diciembre de 2012.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura