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Ordenanzas

3207: Apruébase a la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Limitada a percibir el nuevo cuadro tarifario.

ORDENANZA Nº 3207
 
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil doce.
VISTO: La nota presentada por la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Limitada, legajo Nº 22923; y
CONSIDERANDO:
Que se hace imperioso readecuar a los costos actuales las tarifas de prestación del servicios con los que cumple la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Ltda.
Que dicho aumento permitirá en el concepto de ampliaciones y mantenimiento de instalaciones, conforme al desfasaje inflacionario ocurrido desde su última aprobación.
Que los miembros de la Cooperadora participaron de la reunión de la Comisión de Gobierno, Interpretación, Acuerdo, Cultura, Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades dando cuenta de los motivos del incremento y futuros trabajos.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1°.- Apruébase a la Cooperativa de Consumo de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Barrio Bouchard Limitada apercibir el siguiente cuadro tarifario:
Cuadro Tarifario:
Socio sin excedente $ 42.-
Usuario sin excedente $ 47.-
Jubilados c/jubilación mínima $ 20.-
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 18 de diciembre de 2012.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS SIETE (3.207).
San Lorenzo, 20 de diciembre de 2012.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura