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Ordenanzas

3230: Modificación del Art. 2º de la Ordenanza Nº 3.205.

ORDENANZA Nº 3230

En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil trece.

VISTO: El Mensaje N° 025/13 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo 23057, en el que se hace referencia a la necesidad de avanzar en la implementación del Programa “Pasá la Posta” y de propiciar acciones coherentes con el sentido de la Ley Provincial Nº 13.055  sobre “Residuos Sólidos Urbanos (RSU) –Basura Cero”; y

CONSIDERANDO:
Que son diversas las empresas e instituciones que han manifestado su voluntad de adherir al citado Programa, pero que han  sugerido por cuestiones internas y organizativas les resultaría más ágil donar el material para reciclado y que sea el municipio el que los entregue a dichos fines, en los términos del artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.205.Que a tales efectos resulta pertinente modificar el artículo 2º de la mencionada Ordenanza.

POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Art. 1°.- Modifícase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 3.205, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Art. 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar en carácter de donación todos los importes que las empresas e instituciones integrantes o adheridas al Programa “Pasa la Posta” le hicieren del producido de la venta de papeles y cartones reciclables generados en la ciudad de San Lorenzo, para aplicarlos exclusivamente a los fines señalados en el artículo anterior. Autorízase asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar en carácter de donación papeles y cartones reciclables generados en la ciudad de San Lorenzo por parte de empresas o instituciones adheridas al Programa “Pasá la Posta”, para entregarlos a la firma Papelera del Plata S.A. y recibir de ésta los pagos derivados de dicha entrega para ser destinados, exclusivamente, a cubrir necesidades que demanden ayuda social.”
Art. 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las modificaciones y/o readecuaciones presupuestarias necesarias a los fines de dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 3.205, y a efectuar las imputaciones relativas al cumplimiento de dicha norma a las partidas presupuestarias correspondientes, a través de la reparticiones pertinentes.
Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial  y dese al Registro Municipal.

SALA DE SESIONES, 23 de abril del 2013.

Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal

Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal

Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal

Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA (3.230).

San Lorenzo, 25 de Abril de 2013.

Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal

Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura