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Ordenanzas

3283: Modifícase el Art. 1° de la Ordenanza N° 3057.

ORDENANZA Nº 3283
 
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los  doce días del mes de noviembre del año dos mil trece.
VISTO: El Mensaje Nº 068/13 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo Nº 23340 C.M., que hace referencia a la Ordenanza Nº 3057 texto vigente; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar los valores de los aranceles para el acceso y uso de las instalaciones de la sede del Polideportivo Municipal, a los que se refiere la Ordenanza citada.
Que visto el crecimiento de los costos sufridos por la Administración en cuanto a salarios e insumos en general en el contexto del proceso inflacionario del último año, los mismos deben ser adecuados y razonables.
Que la Municipalidad de San Lorenzo tiene plenas facultades para ello, lo que motiva y fundamenta la presente.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1°.- Modifícase el Art. 1° de la Ordenanza N° 3057 texto vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 1°.- Establécense los siguientes aranceles para el acceso y uso de las instalaciones de la sede del Polideportivo Municipal:
Entrada General:
Lunes a Viernes: Pesos Doce ($ 12.-).
Sábados, Domingos y Feriados: Pesos Dieciocho ($ 18.-);  menores de seis (6) años (acompañado por mayor a cargo) sin costo.
Cuota Mensual Individual: Pesos Ciento Noventa y Dos ($ 192.-).
Cuota Mensual Grupo Familiar: Pesos Quinientos Sesenta y Cuatro  ($ 564.-).
Estacionamiento de motocicletas (por día): Pesos Ocho ($ 8.-).
Estacionamientos de otros vehículos (por día): Pesos Doce ($ 12.-).
Carpas (por día): Pesos Cincuenta y Cuatro ($ 54.-).
Revisación Médica, con validez por veintiún (21) días: Pesos Ocho ($ 8 -). A este valor se deberá agregar el estampillado del Colegio Médico por única vez en la temporada.
Escuela de natación (Rehabilitación, natación y gimnasia acuática):
Cuota Mensual Individual: Pesos Noventa  ($ 90.-).
Cuota Mensual Grupo Familiar: Pesos Doscientos Setenta ($ 270.-).
El Agente Municipal de San Lorenzo mantendrá los mismos beneficios abonando una cuota mensual de Pesos Veinticuatro ($ 24.-).
El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer de la gratuidad del uso de las instalaciones en los casos o actividades que estime de relevancia o interés social.
Canchas de tenis:
Alquiler de cancha por hora sin luces: Pesos Treinta y Seis ($ 36.-).
Alquiler de cancha por hora con uso de luces: Pesos Cincuenta y Cuatro  ($ 54.-).
Clases de tenis por hora personalizada: Pesos Sesenta ($ 60.-).
Escuela de tenis para menores entre 8 y 12 años de edad y adultos, dos (2) clases por semana con cancha incluida: Pesos Ciento Ochenta  ($ 180.-). Para identificados como casos sociales y que cuenten con el respectivo informe socioeconómico, el Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer la exención total o parcial para menores entre 8 y 12 años de edad.”
Art. 2°.- Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 12 de noviembre de 2013.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES (3.283).
San Lorenzo, 14 de Noviembre de 2013.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura