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Ordenanzas

3291: MODIFÍCASE el art. 1º de la Ordenanza Nº 3205.

ORDENANZA Nº 3291
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, de la provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil trece.
VISTO: El Mensaje Nº 89/13 del Departamento Ejecutivo Municipal legajo Nº 23389 C.M., y que por Ordenanza Nº 3205 del 18 de diciembre de 2012, este
Cuerpo autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de la Ley Provincial Nº 13.055 sobre “Residuos sólidos urbanos (RSU) Basura Cero. Definiciones. Autoridad de aplicación. Programa de reducción de RSU”, a entregar a la firma Papelera del Plata S.A. los papeles y cartones reciclables generados en esta ciudad y a recibir de ésta los pagos derivados de dicha entrega para ser destinados, exclusivamente, a cubrir necesidades que demanden ayuda social ; y
CONSIDERANDO:
Que ante la existencia de otras empresas que se encuentran en condiciones de realizar la misma tarea, se hace necesario ampliar las alternativas convencionales a fin de posibilitar mecanismos plurales de intervención  de distintos actores sociales en emprendimientos  de alto sentido solidario como el que caracterizó al Programa que instala la citada Ley 13.055, mediante procedimientos simples atento a los montos y características propias del Programa “Pasá la Posta”.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.- MODIFÍCASE el art. 1º de la Ordenanza Nº 3205 que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 1º.- AUTORÍZASE al Departamento ejecutivo Municipal a entregar papeles y cartones reciclables generados en la ciudad de San Lorenzo a cualquier empresa procesadora y/o fabricante de papel, con sede en el territorio nacional y que reúna las condiciones técnicas y legales necesarias para el reciclaje, prescindiendo de los procedimientos de selección de oferentes establecidos en la normativa vigente, y a recibir de éstas los pagos derivados de dicha entrega, para ser destinados, exclusivamente, a cubrir necesidades que demanden ayuda social.”
Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 26 de noviembre de 2013.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO (3.291).
San Lorenzo, 27 de Noviembre de 2013.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura