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Ordenanzas

3300: ESTABLÉCENSE, como Tasa Administrativa, los siguientes valores.

ORDENANZA Nº 3300
 
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, de la provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil trece.
VISTO: El Mensaje Nº 99/13 del Departamento Ejecutivo Municipal legajo Nº 23409 C.M., que trata del valor de la tasa administrativa que se abona por parte de los contribuyentes para la emisión, renovación y obtención de duplicados de la licencia de conducir, según Ordenanza Nº 3184; y
CONSIDERANDO:
Que atento al público y notorio proceso inflacionario que viene operando de un tiempo a esta parte, es necesario adecuar los valores de la tasa administrativa que se cobra a los contribuyentes para la emisión, renovación y extensión de ejemplares duplicados de licencias de conducir.
Que los mismos deben ser adecuados y razonables, pero atento al marco económico antes descripto, no pueden calcularse sino en relación con el incremento de los valores salariales del personal afectado al área; el incremento en los costos de los materiales importados que se utilizan para dichos fines según los requisitos exigidos por la autoridad provincial de control; el incremento en los costos de los insumos en general, tales como tintas, papel, material de librerías, etc., entre otros.
Que los costos administrativos actuales se encuentran total y absolutamente desactualizados en relación a la tasa que perciben como Rosario o  Capitán Bermúdez, donde los montos prácticamente duplican las cifras en vigor en San Lorenzo.
Que la Municipalidad de San Lorenzo tiene plenas facultades para ello, lo que motiva y fundamenta la presente.
POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Art. 1º.- ESTABLÉCENSE, como Tasa Administrativa, los siguientes valores:
Para la emisión de una licencia de conducir o renovación de la misma: Pesos Ciento Ochenta ($ 180.-).
Para la emisión de más de una licencia de conducir por persona: Pesos Ciento Nueve con cincuenta centavos ($ 109,50.-) por cada licencia que se emita, a partir de la segunda.
Para el otorgamiento de duplicados de licencias de conducir o cambio de datos, se abonará el mismo costo que tuvo la licencia de que se trate.
Para la emisión o renovación de la licencia de conducir para personas de dieciocho (18)  a veintiún (21) años: Pesos Noventa y Cuatro ($ 94.-).
Para la emisión de más de una licencia de conducir para personas de dieciocho (18) a veintiún (21) años: Pesos Ochenta y Nueve con cincuenta centavos ($ 89,50.-) por cada licencia que se emita a partir de la segunda.
Para la emisión o renovación de la licencia de conducir para personas mayores de setenta (70)  año: Pesos Noventa y Cuatro ($ 94.-).
Para la emisión de más de una licencia de conducir para personas mayores de setenta (70) años: Pesos Ochenta y Nueve con cincuenta centavos ($ 89,50.-) por cada licencia que se emita a partir de la segunda.
Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.
SALA DE SESIONES, 3 de diciembre de 2013.
Dr. Gustavo R. Oggero
Presidente
Concejo Municipal
Julio C. Camusso
Secretario Administrativo
Concejo Municipal
Prof. Silvia B. Alvarez
Secretaria Legislativa
Concejo Municipal
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal, bajo el número TRES MIL TRESCIENTOS (3.300).
San Lorenzo, 04 de Diciembre de 2013.
Dr. Leonardo Raimundo
Intendente Municipal
Dr. Iván Ariel Ludueña
Secretario de Gobierno y Cultura