ORDENANZA Nº 3317
En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil catorce.
VISTO: El Mensaje N° 01/14 del Departamento Ejecutivo Municipal, legajo N° 23459 C.M., en el cual se informa del “Anexo Convenio” suscripto entre la Municipalidad de San Lorenzo y la Asociación Protectora de Animales Dr. Ignacio Lucas Albarracín, firmado en fecha 6 de enero de 2014, a sus efectos; y
CONSIDERANDO: Que en el presente Anexo del Convenio, las partes convienen modificar la cláusula SEGUNDA del Convenio de Colaboración Institucional suscripto entre las partes; la modificación tiene por objeto incrementar el aporte mensual que realiza la Municipalidad en concepto de subsidio a la Asociación Protectora de Animales Dr. Ignacio Lucas Albarracín.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Art. 1°.- Apruébase el Anexo al Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Lorenzo y la Asociación Protectora de Animales “Dr. Ignacio Lucas Albarracín”, representada por el Sr. Néstor Horacio Alvarez, firmado en fecha 6 de enero de 2014, el que comenzará a regir a partir de la promulgación de la presente ordenanza.-
Art. 2°.- Los gastos que demande la aplicación de la presente serán imputados a las Partidas Presupuestarias Correspondientes.-
Art. 3º.- Cúmplase, Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, 4 de Febrero de 2014
Prof. SILVIA B. ALVAREZ Secretaria Legislativa Concejo Municipal | JULIO CESAR CAMUSSO Secretario Administrativo Concejo Municipal | Dr. GUSTAVO R. OGGERO Presidente Concejo Municipal |
Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Municipal,
bajo el número TRES MIL TRESCIENTOS DIECSIETE (3317)
San Lorenzo, 5 de Febrero de 2014.
DR. IVAN LUDUEÑA Secretario de Gobierno y Cultura Municipalidad de San Lorenzo | DR. LEONARDO RAIMUNDO |