En la ciudad de San Lorenzo, departamento del mismo nombre, provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil catorce.-
VISTO: El Mensaje Nº 032/14 del Departamento Ejecutivo Municipal, Expte. 23719 C.M. El valor de la tasa administrativa que se abona por parte de los contribuyentes para la emisión, renovación y obtención de duplicados de la licencia de conducir, según ordenanza Nº 3300; y
CONSIDERANDO: Que atento al público y notorio proceso inflacionario que viene operando de un tiempo a esta parte, es necesario adecuar los valores de la tasa administrativa que se cobra a los contribuyentes para la emisión, renovación y extensión de ejemplares duplicados de licencias de conducir.
Que los mismos deben ser adecuados y razonables, pero atento al marco económico antes descripto, no pueden calcularse sin tener en cuenta el incremento de los valores salariales del personal afectado al área, el aumento de los costos de los materiales importados que se utilizan para dichos fines según los requisitos exigidos por la autoridad provincial de control, el incremento en los costos de los insumos en general, tales como tintas, papel, material de librerías, etc., entre otros.
Que los costos administrativos actuales se encuentran total y absolutamente desactualizados en relación a la tasa que perciben otras municipalidades, donde los montos son muy superiores a las cifras en vigor en San Lorenzo.
Que la Municipalidad de San Lorenzo tiene plenas facultades para ello, lo que motiva y fundamenta la presente.-
POR TANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO SANCIONA
LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 3344.
Art. 1º.- ESTABLÉCENSE, como Tasa Administrativa, los siguientes valores:
Para la emisión de una licencia de conducir para personas de dieciocho (18) a veinte (20) años: Pesos Ciento Setenta y Cinco ($ 175,00.-).
Para la emisión de más de una licencia de conducir por persona para personas de dieciocho (18) a veinte (20) años: Pesos Ciento Veinticinco ($ 125,00.-) por cada licencia que se emita, a partir de la segunda.
Para la emisión de una licencia de conducir para personas de veintiún (21) a sesenta y nueve (69) años o renovación de la misma: Pesos Doscientos Noventa y Cinco ($ 295,00).
Para la emisión de más de una licencia de conducir por persona para personas de veintiún (21) a sesenta y nueve (69) años: Pesos Ciento Sesenta y Cinco ($ 165,00) por cada licencia que se emita, a partir de la segunda.
Para la emisión o renovación de la licencia de conducir para personas mayores de setenta (70) años: Pesos Noventa y Ocho ($ 98,00.-).
Para la emisión de más de una licencia de conducir para personas mayores de setenta (70) años: Pesos Ochenta y Nueve con cincuenta centavos ($ 89,50.-) por cada licencia que se emita a partir de la segunda.
Para el otorgamiento de duplicados de licencias de conducir o cambio de datos, se abonará el mismo costo que tuvo la licencia de que se trate.-
Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese al Registro Municipal.-
SALA DE SESIONES, 22 de julio de 2014.-
Prof. SILVIA B. ALVAREZ Secretaria Legislativa Concejo Municipal | JULIO CESAR CAMUSSO Secretario Administrativo Concejo Municipal | Dr. GUSTAVO R. OGGERO Presidente Concejo Municipal |
D. IVAN LUDUEÑA Secretario de Gobierno y Cultura Municipalidad de San Lorenzo | DR. LEONARDO RAIMUNDO Intendente Municipal Ciudad de San Lorenzo |